El Presente Reglamento tiene por objeto normar, regular y establecer los términos, condiciones y disposiciones bajo las cuales se regirá la promoción denominada “Fiestas Patrias con Paquetigos Internacionales”.
Telefonía Celular de Nicaragua, Sociedad Anónima, conocida comercialmente con la marca “Tigo” y en lo sucesivo se denominarán como “Los Organizadores” y/o Tigo, en función de la legalidad y transparencia honrarán el compromiso que aquí adquieren con el/los cliente (s) ganador (es) que participen y cumplan con el procedimiento de la promoción que continuación se señala:
1. Dinámica de la Promoción (Participantes):
Participan en esta promoción y en la rifa de (diez)10 bonos de supermercados de cien dolares ($100.00) o su equivalente en cordobas moneda nacional: C$ 3,662.43, canjeables exclusivamente en supermercados: Walmart, La Unión, Maxi Palí y Palí, por los clientes Tigo que cumplan las siguientes condiciones (i) sean personas naturales, (ii) sean usuarios del servicio de telefonía celular Tigo, (iii) contar con líneas activas, (iv) recibír un paquetigo desde $10 dólares desde los Estados Unidos de América, los cuales pueden ser comprado en puntos de ventas de ese país y desde el App Mi Tigo Internacional.
2. Duración y vigencia de la promoción:
• Fecha de inicio: 1 septiembre 2024
• Fecha de terminación: 30 de septiembre 2024
3. Mecánica de la Promoción
• El cliente participa en la promoción al recibir un Paquetigo desde $10 dólares, desde los Estados Unidos de América, o desde el App Mi Tigo Internacional.
• Sorteo:
Fecha del sorteo: 15 de octubre 2024
Fecha de entrega: 25 de octubre 2024
La premiación se llevará a cabo de la siguiente manera: El/los ganadores/as de la promoción se seleccionarán de manera aleatoria a través de una tómbola electrónica, y una vez seleccionados los ganadores, el equipo de Call Center se estará comunicando con el/los ganadores/as para coordinar el día, lugar, fecha y hora de la entrega de premios.
4. Entrega de premios
El lugar de entrega del premio será establecido por el/los Organizadores al momento de la notificación al ganador, y será entregado únicamente en la fecha y hora indicada en ese momento. En caso de que el/los ganador(es) no puedan retirar el premio personalmente en el lugar, fecha y hora indicada, podrá/n de común acuerdo con los Organizadores, retirar su premio dentro del término de 15 días calendarios contados a partir de la fecha de sorteo, o bien en el siguiente día hábil, en caso de que el día 15 sea inhábil. Una vez transcurrido este término sin que el ganador hubiere retirado su premio, los Organizadores podrán declarar el premio como no aceptado, sin posibilidad de reclamo alguno por parte del ganador. Los Organizadores se reservan el derecho de reiniciar el proceso de selección y/o declarar desierto el sorteo de dicho premio.
El ganador deberá presentarse con cédula de identidad o cédula de residencia vigente, según aplique, como único documento de identificación legalmente aceptable. Quedará a discreción del/los Organizador(es) la verificación y confirmación de la identidad del/los ganador(es) por otros medios legales comprobables donde pueda comprobar la identidad del ganador, previamente autorizado del/los ganador(es). Si el ganador fuese menor de edad, para retirar el premio, deberá presentarse en compañía de algún familiar mayor de edad o tutores debidamente identificados con el documento, suficiente que demuestre el vínculo con el/la menor de forma irrefutable, a discreción de El/Los Organizador/es. Así mismo, quedará a discreción de El/Los Organizador/es la verificación y confirmación del vínculo por otros medios.
En caso de que el premio sea retirado por un tercero, este deberá presentar poder especial notariado, en el que exprese, las facultades necesarias para retirar el premio, ante Telefonía Celular de Nicaragua, Sociedad Anónima, indicando el nombre de la promoción, la fecha en que se realizó el sorteo, el premio ganado, indicar suscribir cualquier documento de recepción, remisión o entrega de premio, así como cualquier escritura pública de compra venta o Donación, según sea el caso, además de todos los documentos necesarios en nombre y representación del ganador. Este particular deberá ser informado por el ganador al momento de la comunicación de que ha resultado ganador.
El apoderado deberá presentarse a retirar el premio con una copia de su cédula de identidad o cédula de residencia vigente, así como con la copia del ganador y con el poder especial con el acredita su representación para dicho acto, el que será validado por equipo legal de “Los Organizadores”, para determinar si cumple con requisitos de forma y fondo necesarios para el retiro del premio y demás actos necesario para la formalización de la entrega.
5. Otras condiciones y restricciones:
A. El cliente participante acepta todos los términos y condiciones de este Reglamento, desde el momento que participa en la dinámica.
B. No aplican:
• Plan Fraude: GD
• Planes DTH: DT, DV – no aplican a oferta móvil
• Planes UMTS / MIFI / WIFI: TS, X9
• Planes Internet FIJO LTE: 6X, Y3
• Planes CC FIJO: B7, BB, EA, TL, TM.
• Planes PREPAGO FIJO: B5, E5, EA, SH.
• TODOS los planes POSPAGO ALTAMIRA.
• Planes oferta PREPAGO NO VIGENTE: N0, F5, SF.
• Plan DATASHARING MULTISIM: DS – oferta no vigente.
• Plan para grupos virtuales de tarificación por grupos: GV – uso interno para la funcionalidad de DATASHARING
• Preplan
• Planes Cuenta Controlada Tarifa Única
C. El/Los Organizador/es no se harán responsables de gastos o pagos en que incurra el cliente ganador para adquirir la promoción ni de alguna contingencia que llegase a ocurrir previo, durante o después de la acreditación de los premios.
D. El bien se entrega bajo los términos y condiciones indicados conforme al presente Reglamento.E. Los Organizadores de manera conjunta, se reservan el derecho de modificar la promoción o sus condiciones o extenderla en el tiempo lo que será debidamente difundido utilizando el mismo mecanismo para difundir las bases y condiciones originales y no generarán responsabilidad alguna por parte de los Organizadores, conforme el artículo 25 del decreto ejecutivo Número 36-2013, Reglamento de la Ley Número 842, Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidores y Usuarias, aprobado el 10 de octubre de 2013 y publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 192 del 10 de octubre de 2013.
F. Los premios no son ni serán acumulables.
G. Al cliente ganador se le entregará el premio señalado en el inciso 2 del presente Reglamento.
H. El Cliente ganador, asume su responsabilidad en cuanto al manejo del producto que se le estará entregando en concepto de premio quedando los Organizadores exonerados de cualquier responsabilidad por el uso del premio.
I. La participación de los clientes en la presente Promoción y/o el retiro del premio implica autorización tácita al/los Organizador(es) para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción, o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes, voz y/o datos personales de los colaboradores ganadores, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, redes sociales, etc.) o inclusive como parte de un spot comercial local o en otro país donde exista una operación de Tigo, sin que el participante tenga derecho al reclamo de indemnización o remuneración alguna.
J. El/los organizadores no serán responsables de gastos, tributos correspondientes al ganador, transporte, trámites para cambio de dueño o transmisión del bien.
K. El/los Organizador/es no serán responsables de la calidad del bien, ni de cumplir términos de garantía. La calidad del bien y la garantía será brindada por el comercio o institución donde se adquirió el bien.
L. En caso de que existan dudas razonables sobre la legalidad o legitimidad del declarado ganador por parte de un tercero opositor dentro de las próximas 24 horas luego de efectuarse la rifa, los Organizadores, a su sola discreción, podrán tomar la decisión de declarar desierta la rifa o concurso o actividad similar y podrán efectuar nuevamente el sorteo en el tiempo que los Organizadores estimen conveniente.
M. No participan en esta promoción colaboradores activos de TIGO ni sus familiares hasta 3er grado de consanguineidad y hasta segundo grado de afinidad.
6. Certificación y Transparencia.
El presente reglamento cumplirá con lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, en lo referente a la fe pública de los resultados de esta, mediante Abogado y Notario Público.
Dado en la ciudad de Managua a los veinte (20) días del mes agosto del año dos mil veinticuatro.
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