Reglamento del Sorteo “APPVIENTO TIGO 2025”

El Presente Reglamento tiene por objeto normar, regular y establecer los términos, condiciones y disposiciones bajo las cuales se regirá el sorteo denominado “Appviento Tigo 2025” organizado por Telefonía Celular de Nicaragua, Sociedad Anónima (en adelante “TCN” o bajo su nombre comercial “Tigo”) o a quien en lo sucesivo se denominará El Organizador, en función de la legalidad y transparencia honrará el compromiso que adquiere con los participantes y el ganador que participe y cumpla con el procedimiento del sorteo que a continuación se señala:
BASES DEL SORTEO
1. Participantes
Participan en este sorteo clientes del segmento prepago que compren paquetes y recargas en app Mi Tigo, al pagar con saldo o con tarjeta de crédito.
2. Duración y vigencia
Duración: 30 días
Fecha de inicio: 1 de noviembre de 2025
Fecha de terminación: 30 de noviembre de 2025
3. Premios
Se seleccionará a 30 ganadores de forma aleatoria para el sorteo, conforme se describe en la sección 4 “Mecánica del Sorteo”. Estos premios no pueden ser acumulables.

Nota: El formato de entrega de "premio en efectivo" se realizará mediante Tarjeta Prepago del Banco Lafise Bancentro, S.A. (Banco Lafise). En este sentido, los ganadores, al ser notificados, deberán proporcionar los datos personales e identificación vigente necesaria para la emisión de las mismas.
4. Mecánica del Sorteo
• Formas de participar en el Sorteo:
Participan en este sorteo clientes prepago que compren paquetes y recargas en app Mi Tigo, al pagar con saldo o tarjeta de crédito/debito. Los participantes de este segmento prepago participarán de la rifa diaria, donde ganarán una acción por cada compra realizada a través de app Mi Tigo durante el periodo de la promoción, no aplican clientes del segmento
suscripción en compra de recarga o paquete.Se llevará a cabo una rifa diaria, donde se entregará un premio distinto cada día, hasta completar los 30 días del concurso.
• Selección de los ganadores
Se seleccionarán 30 ganadores, uno por día, mediante una rifa diaria.
Los premios no son acumulables, se excluyen a clientes ganadores de sorteos anteriores.
El área de Administración Comercial del Organizador sumará las acciones obtenidas por cada uno de los participantes en el período comprendido entre el 1 al30 de noviembre del 2025, información que estará contenida en una base de datos del Organizador, que será utilizada para seleccionar a los treinta (30) ganadores a través de una tómbola electrónica Se aclara que la selección del ganador se realizará a través de la tómbola electrónica.
El Área de Comercial Prepago de TIGO serán quien valide la extracción de la base de datos de los participantes de este Reglamento y de igual forma, verificará que estos cumplan con las formalidades para participar conforme las especificaciones de este Reglamento en el período de vigencia de este sorteo.
El sorteo tendrá acompañamiento de un Abogado y Notario Público que dará fe de los resultados.
5. Contacto de los Ganadores
Los posibles ganadores que hubieren contestado la llamada deberán identificarse como el usuario dueño de la línea telefónica/titular del plan prepago y manifestar expresamente si aceptan o no el premio, debiendo repetir exactamente su número celular o el número de cliente de su plan pospago u hogar, brindar su nombre completo y número de cédula de
identidad, pasaporte o cédula de residencia, según aplique. Si el cliente no acepta el premio o no acepta los términos del presente Reglamento, se procederá a seleccionar otro ganador siguiendo el mismo procedimiento.
En caso de que luego de tres (03) intentos de llamadas al número participante para contactar al posible ganador, el usuario no respondiese a la llamada telefónica, quedará descalificado automáticamente y se procederá de manera inmediata a seleccionar un nuevo participante de la misma manera en que opera la selección según este reglamento y así sucesivamente. Por responder la llamada, deberá entenderse como contestar la llamada y establecer una conversación relacionada al premio con el/los organizadores.
Se considerarán como intentos de llamadas para efectos del párrafo anterior, aquellas llamadas que repiquen y no sean contestadas, o bien aquellas llamadas que una vez marcado el número aparezca apagado, fuera de cobertura, buzón de voz o simplemente no sean contestadas luego de diez repiques. La persona seleccionada no será contactada por SMS u otra vía distinta a la llamada telefónica al número seleccionado.
6. Entrega de Premio
La entrega de premios se realizará en las siguientes fechas:
• 21 noviembre 2025
• 28 noviembre 2025
• 3 diciembre 2025
Los ganadores deberán retirar su premio en las oficinas Administrativas de Tigo Nicaragua ubicadas en la pista suburbana plaza San Dionisio, Edificio TIGO, contiguo al Colegio Americano, primer piso.
La entrega del premio se realizará únicamente en la fecha y hora indicada por El Organizador. En caso de que El ganador no pueda retirar el premio personalmente en el lugar, fecha y hora indicada, podrá de común acuerdo con los Organizadores, retirar su premio dentro del término de 30 días calendarios contados a partir de la fecha definida para
entrega de premios, o bien en el siguiente día hábil, en caso de que el día 30 sea inhábil. Una vez transcurrido este término sin que el ganador hubiere retirado su premio, los Organizadores podrán declarar el premio como no aceptado, sin posibilidad de reclamo alguno por parte del ganador. Los Organizadores se reservan el derecho de reiniciar el
proceso de selección y/o declarar desierto el sorteo de dicho premio, lo cual será debidamente informado por el Organizador notificándolo previamente a los participantes y será debidamente difundido a través de los mismos mecanismos utilizados para difundir el
Reglamento del Sorteo.
Los ganadores deberán ser mayor de edad y presentar cédula de identidad, pasaporte o cédula de residencia, según aplique, como únicos documentos de identificación legalmente aceptables. Quedará a discreción de El Organizador la verificación y confirmación de la identidad del ganador al momento del retiro del premio. En caso de que el premio sea retirado por un tercero, este deberá presentar Poder Especial otorgado ante Notario Público en Escritura Pública, en el que exprese, las facultades necesarias para retirar el premio y suscribir cualquier documento relacionado con la recepción, remisión o entrega de premio, necesarios para actuar en nombre y representación del ganador. Este
particular deberá ser informado por el ganador al organizador en el momento de la comunicación de que ha resultado ganador.
El apoderado deberá presentarse a retirar el premio con una copia de su cédula de identidad, pasaporte o cédula de residencia vigente, así como la copia de los documentos de identificación del ganador y el poder especial con el acredita su representación para dicho acto, el que será validado por la Gerencia Legal de El Organizador, para determinar si
cumple con requisitos de forma y fondo necesarios para el retiro del premio y demás actos necesarios para la formalización de la entrega.
7. Otras condiciones y restricciones
a) Los participantes aceptan todos los términos y condiciones de este Reglamento, desde el momento que participan en este sorteo.
b) El Organizador no se hará responsable de gastos o pagos en que incurra el ganador para retirar el premio, ni de alguna contingencia que llegase a ocurrir previo, durante o después del retiro del premio.
c) Los participantes autorizan que la participación en el presente sorteo y/o el retiro del premio representa una autorización y consentimiento previo, expreso e informado a favor de Tigo Nicaragua para el tratamiento de datos personales que sean necesarios para la ejecución del presente sorteo, conforme la legislación vigente y al Aviso de
Privacidad de TCN publicado en el siguiente link: https://www.tigo.com.ni/legales#tigoavisos-de-privacidad, además de la autorización a El Organizador para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción, o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes, voz y/o datos personales de los ganadores, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, redes sociales, etc.) o inclusive como parte de un spot comercial local o en otro país donde exista una operación de Tigo, sin que el participante tenga derecho al reclamo de indemnización o remuneración alguna.
d) El Organizador no será responsable de gastos, tributos correspondientes al ganador, transporte, trámites para cambio de dueño o transmisión del bien o incluso los impuestos de ley que puedan conllevar al ganador a hacer efectivo o ejecutar el premio adquirido.
e) Al ganador se le entregará el premio señalado en el numeral 3 de conformidad a lo establecido en el presente Reglamento.
f) El Organizador no será responsable de pérdidas de los premios una vez entregados, ni de cumplir términos de garantía.
g) El premio se entrega bajo los términos y condiciones indicados conforme al presente Reglamento.
h) El Organizador, se reserva el derecho de modificar el sorteo o sus condiciones o extenderla en el tiempo lo que será debidamente difundido utilizando el mismo mecanismo para difundir las bases y condiciones originales y no generarán responsabilidad alguna por parte del Organizador.
i) Los participantes asumen su responsabilidad en cuanto al manejo de su conducta y proceder cuando se encuentre(n) en el lugar/lugares de cumplimiento del premio y no debe de ejecutar otras actividades que no sean las contempladas en el reglamento y en documentos adicionales que tenga(n) que firmar para la ejecución del premio adquirido.
j) Los ganadores se comprometen a cumplir con todas las recomendaciones verbales y/o escritas de los organizadores; firmar y cumplir documento de entrega del premio y exoneración de responsabilidad del Organizador.
k) El premio descrito en este Reglamento no es transferible ni entregado de forma pecuniaria o dinero en efectivo.
l) Se expresa y aclara que el Organizador, no será responsable por cualquier postergación o cancelación del sorteo, cuando las circunstancias que originen tal hecho resulten ajenas a su arbitrio, sea por caso fortuito o fuerza mayor o de orden legal lo que será debidamente notificado a los participantes.
m) El Organizador” asumirá los costos referentes a las retenciones correspondientes al 5% por premios en efectivo, en cumplimiento con el artículo 24 del Plan de Arbitrio de Managua.
n) El presente Reglamento podrá ser consultado en link compartido por el Área de Comercial Prepago a los participantes.
Fecha entrada en vigencia: 1 de noviembre de 2025